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24 de novembre del 2011

Protección del medio ambiente: NULIDAD DEL REGLAMENTO DE CONTAMINACIÓN LUMÍNICA DE CATALUNYA

En diciembre de 2007, os daba esta noticia.




Nuestro despacho, en nombre de CELFOSC recurrió el Reglamento 82/2005, de 3 de mayo, de la Generalitat de Catalunya que desarrollaba la Ley 6/2001 de 31 de mayo de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en su Sentencia 1049/2007, de 7 de diciembre, estimó nuestro recurso declarando la nulidad de pleno derecho del reglamento, en cuanto hubo vicios de nulidad en la tramitación de la norma, como fueron la omisión de la información pública y la audiencia a los interesados.

La Generalitat de Catalunya recurrió en casación dicha Sentencia. Pero ayer, nuestra procuradora nos notificaba que la Generalitat había desistido del recurso presentado, por lo que la Sentencia del TSJ que nos daba la razón, por fin, gana firmeza.

Como dije en su día ha sido un caso de absoluta colaboración entre letrado y "cliente", nos hemos apoyado y ayudado para lograr el éxito del caso, cada uno en su materia, por mi parte en los aspectos legales y judiciales y ellos en la vertiente más científica-técnica.

Esperamos que esto sea el inicio (o la continuación) de una nueva fase de relación de colaboración con el Departament, para aprobar un Reglament que realmente proteja el medio ambiente y en concreto cumpla de forma efectiva las finalidades de la Ley que desarrolla: proteger el medio nocturno.