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22 de maig del 2010

Ley de tráfico

El próximo martes, 25 de mayo, entra en vigor la mayor parte de la nueva ley de tráfico, (Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial) con grandes novedades en cuanto al procedimiento sancionador. En el mes de noviembre, cuando se cumpla el año de la publicación de la Ley, entrará en vigor el resto de la reforma, en cuanto a la notificación de las denuncias y la creación de la figura del conductor habitual.

A partir de ahora se homogeneiza la cuantía de las multas en todas las ciudades de forma que una infracción leve costará 100 euros, una grave 200 euros y una muy grave 500 euros, mientras que hasta ahora cada ayuntamiento podía variar dentro de una franja determinada la cuantía de las sanciones. Por otro lado, se aumenta de uno a cuatro años el plazo de prescripción de sanciones pecuniarias y se reduce el número de infracciones que llevan aparejada la retira de puntos del carnet.

La reforma también incluye nuevas sanciones como programar el navegador (que quita puntos y es una infracción grave), estacionar en las plazas reservadas para discapacitados (quita puntos y es infracción grave), llevar la matrícula ilegible (es infracción grave), permitir que una persona sin carnet conduzca (es una infracción grave) y circular sin luces y elementos reflectantes en las bicicletas (es una infracción leve leve).

En la página web de la dirección general de tráfico han publicado un cuadro explicativo de las infracciones y sanciones, tal y como quedarán a partir de ahora.

http://www.reformaleydetrafico.es/infracciones.html

Y también publican un extenso artículo en su revista http://www.dgt.es/revista/num201/pdf/num201-2010-nuevaley.pdf

A mi modo de ver la nueva Ley pone trabas al derecho de defensa del ciudadano ya que premia a aquellos conductores que paguen la multa sin más trámite y "penaliza" a los que deseen realizar un escrito de descargo, el cual os animo a realizar a todos aquellos que seas multados de forma improcedente. Por otro lado, celebro que se haya suprimido la sanción de suspensión del permiso de conducir (reforma que ya entró en vigor en noviembre pasado). En cuanto al nuevo sistema de notificaciones telemáticas, habrá que ver en su momento si el sistema es suficientemente seguro y ofrece todas las garantías como para dar por notificado a un administrado a través de su correo electrónico.

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